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Acceso a la terapia con bomba de insulina

  • Bomba de insulina
Acceso a la terapia con bomba de insulina

En España los sistemas de infusión subcutánea continua de insulina o "bombas de insulina" son de financiación pública desde el mes de Septiembre de 2004, según recoge la Orden del Ministerio de Sanidad y Consumo (ORDEN SCO/710/2004, de 12 de marzo; B.O.E. Nº 68 de 19 de marzo).

Las condiciones y tipos de personas acreedoras de beneficiarse de esta alternativa terapéutica están recogidas en esta orden ministerial, siendo siempre necesaria la prescripción del médico especialista.

Los beneficiarios de algún tipo de seguro médico de naturaleza pública o privada que deseen acceder a la terapia con bomba, deberán comprobar la cobertura de la misma con su Mutua o Aseguradora. Su propio médico especialista, su educador en diabetes y los servicios de Atención al Paciente que le correspondan, podrán orientarle al respecto. En España las compañías de seguro privado en principio sólo facilitan la terapia cuando actúan como proveedores de alguna mutualidad pública, como en el caso de MUFACE, MUGEJU e ISFAS.